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Calculadora de Plusvalía por Venta de Vivienda

Conoce la ganancia patrimonial que obtendrás al vender tu vivienda y cuánto deberás tributar en el IRPF por ella. Introduce el precio de compra, el de venta y los gastos asociados para calcular la plusvalía neta. La herramienta aplica los tramos del ahorro vigentes y contempla la exención por reinversión en vivienda habitual.

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¿Cómo funciona esta calculadora?

Conoce la ganancia patrimonial que obtendrás al vender tu vivienda y cuánto deberás tributar en el IRPF por ella. Introduce el precio de compra, el de venta y los gastos asociados para calcular la plusvalía neta. La herramienta aplica los tramos del ahorro vigentes y contempla la exención por reinversión en vivienda habitual. Introduce los datos solicitados y obtén un resultado orientativo al instante. Recuerda que los cálculos son aproximados y no sustituyen el asesoramiento profesional.

¿Cómo se calcula la ganancia patrimonial al vender una vivienda?

La ganancia patrimonial por la venta de un inmueble es la diferencia entre el valor de transmisión (precio de venta menos gastos) y el valor de adquisición (precio de compra más gastos e inversiones). Se tributa en la base del ahorro del IRPF con estos tramos en 2026:

Ganancia patrimonialTipo impositivo
Hasta 6.000 €19%
De 6.000 € a 50.000 €21%
De 50.000 € a 200.000 €23%
De 200.000 € a 300.000 €27%
Más de 300.000 €28%

Ejemplo: Si compraste por 180.000 € (más 15.000 € de gastos) y vendes por 250.000 € (menos 8.000 € de gastos), la ganancia es: (250.000 - 8.000) - (180.000 + 15.000) = 47.000 €. Tributación: 6.000 × 19% + 41.000 × 21% = 1.140 + 8.610 = 9.750 €.

Exenciones fiscales al vender tu vivienda habitual

Existen varias formas de reducir o eliminar el pago de impuestos al vender:

  • Exención por reinversión: Si reinviertes el importe total de la venta en la compra de otra vivienda habitual en un plazo de 2 años (antes o después de la venta), la ganancia queda exenta. Si reinviertes solo una parte, la exención es proporcional.
  • Exención para mayores de 65 años: Si tienes más de 65 años y vendes tu vivienda habitual, la ganancia está completamente exenta sin necesidad de reinvertir. También aplica si vendes cualquier bien y reinviertes en una renta vitalicia asegurada (hasta 240.000 €).
  • Coeficientes de abatimiento: Si compraste la vivienda antes del 31/12/1994, puedes aplicar coeficientes reductores que reducen la ganancia (solo hasta 400.000 € de valor de transmisión acumulado desde 2015).
  • Dación en pago: Las ganancias por dación en pago de la vivienda habitual están exentas para deudores hipotecarios que cumplan ciertos requisitos.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar impuestos si vendo mi casa con pérdidas?
No, si el precio de venta (menos gastos) es inferior al precio de compra (más gastos e inversiones), no hay ganancia patrimonial y no pagas IRPF por la venta. Además, esa pérdida patrimonial puedes compensarla con otras ganancias de los 4 años siguientes.
¿Qué gastos puedo incluir en el valor de adquisición?
Puedes sumar al precio de compra: el ITP o IVA pagado, la notaría, el registro, la gestoría, la comisión de la agencia inmobiliaria (si la pagaste como comprador), y las inversiones o mejoras realizadas en la vivienda (reformas con factura, pero no el mantenimiento ordinario).
¿Cuánto tiempo tengo para reinvertir y quedar exento?
Dispones de 2 años desde la fecha de venta para comprar la nueva vivienda habitual. También puedes haber comprado la nueva vivienda hasta 2 años antes de vender la antigua. Debes habitar la nueva vivienda en un plazo de 12 meses desde la compra.
¿La plusvalía municipal y la ganancia patrimonial son lo mismo?
No. La plusvalía municipal (IIVTNU) es un impuesto local que grava el incremento del valor del suelo y se paga al ayuntamiento. La ganancia patrimonial se tributa en el IRPF y se calcula sobre la diferencia entre el precio de compra y venta total. Son dos impuestos distintos y se pagan ambos al vender.
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